La Asamblea Mundial de la Salud pidió a los países fortalecer el monitoreo de la exposición de la población a los campos electromagnéticos y mejorar la comunicación de riesgos. Te explicamos qué dice la resolución y qué significa para México.
El 23 de mayo de 2026, la 79.ª Asamblea Mundial de la Salud, máximo órgano de decisión de la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptó la resolución WHA79.13, titulada “Radiación y salud: fortalecimiento de la protección, la preparación y la respuesta a nivel mundial”.
Es la primera vez que los Estados Miembros acuerdan un marco común que abarca tanto la radiación ionizante (como los rayos X o el radón) como la no ionizante, que incluye la radiación ultravioleta y los campos electromagnéticos (CEM) generados por antenas, redes inalámbricas y dispositivos de uso cotidiano. Hasta entonces, la OMS había abordado estos temas por separado.
¿Qué pide la resolución a los países?
La resolución insta a los Estados Miembros, entre ellos México, a adoptar medidas de acuerdo con su contexto nacional. Entre ellas destacan las siguientes:
Fortalecer los sistemas nacionales de monitoreo
de la exposición del público, los trabajadores y los pacientes a la radiación, incluidos expresamente los campos electromagnéticos.
Promover la educación pública y la comunicación de riesgos
para reducir las exposiciones nocivas y mejorar la comprensión de estos temas.
Reforzar la legislación y las instituciones
de protección radiológica e integrar estos riesgos en las políticas de salud pública.
Impulsar la cooperación internacional
y el intercambio de buenas prácticas.
A la OMS, por su parte, le encarga elaborar un mapeo mundial de actores y brechas, seguir promoviendo la investigación sobre los efectos en la salud, incluidos los de las tecnologías emergentes, y presentar un informe de avances ante la 81.ª Asamblea Mundial de la Salud, en 2028.
Lo que la resolución no dice
Para AMASCE, el rigor es parte esencial de informar. Por eso conviene precisar el alcance de esta resolución:
No modifica los límites de exposición vigentes ni establece nuevos valores.
No es una evaluación científica de riesgos. La evaluación de la OMS sobre radiofrecuencias sigue en curso, y la clasificación de 2011 del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (IARC, por sus siglas en inglés), que considera los campos electromagnéticos de radiofrecuencia como “posiblemente carcinógenos para los seres humanos” (grupo 2B), sigue vigente.
La mención que hace de los riesgos para niñas, niños y mujeres embarazadas se refiere a la radiación en general, no específicamente a los campos electromagnéticos.
Lo que sí establece es un mandato claro: los gobiernos deben saber a qué niveles de exposición está sometida su población y comunicarlo con transparencia.
El caso Japón
La resolución coincide con la revisión que algunos países hacen de sus marcos de protección frente a la radiación no ionizante. Japón es un ejemplo reciente. En 2024 incorporó a sus Directrices de Protección Radioeléctrica límites específicos para los equipos de alta frecuencia que se usan cerca del cuerpo. En julio de 2026, el grupo de trabajo del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones presentó un proyecto de informe, alineado con las directrices de la Comisión Internacional de Protección contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), para evaluar la exposición cerca de las estaciones base pequeñas de telefonía móvil, cada vez más comunes con la expansión de las redes 5G. La lección de fondo no está en los valores, sino en el método: los marcos de protección deben revisarse a medida que cambian la tecnología y la forma en que la población se expone a ella.
En el plano normativo, Japón aprobó en 2026 otra medida de distinta naturaleza. El 23 de junio, el mismo Ministerio publicó en el boletín oficial unas reformas a las reglas de los sistemas de transferencia inalámbrica de energía en la banda de 920 MHz, que entraron en vigor ese mismo día y permiten su uso en exteriores. No se trata de una medida de protección, sino de la autorización de una nueva fuente de radiofrecuencia en espacios donde antes no operaba. Precisamente por eso ilustra lo que pide la OMS: a medida que se autorizan nuevas tecnologías emisoras, crece la necesidad de monitorear la exposición de la población.
¿Por qué es relevante para México?
México cuenta con una disposición técnica en materia de telecomunicaciones que fija límites de exposición en el entorno de los emisores de radiocomunicación. Sin embargo, el tema aún no forma parte de una política de salud pública: no existe un sistema nacional de monitoreo con información accesible para la población, ni una atención específica a entornos como las escuelas o a poblaciones que requieren especial cuidado, como las comunidades rurales y los pueblos indígenas.
Por ello, consideramos importante que México incorpore la protección frente a la radiación no ionizante en sus políticas públicas y en su regulación nacional, en atención a lo que pide la resolución de la OMS. Esto implica contar con un sistema de monitoreo de la exposición, poner esa información a disposición de la población, involucrar a las autoridades de salud junto con las de telecomunicaciones y revisar periódicamente el marco normativo conforme avancen la tecnología y la evidencia científica.
El monitoreo y la comunicación de riesgos no requieren esperar a que se resuelva el debate científico: son herramientas de salud pública que permiten tomar decisiones informadas.
Nuestro compromiso AMASCE
En AMASCE trabajamos para que las comunidades cuenten con información clara y verificable sobre su entorno electromagnético. Asesoramos y acompañamos a escuelas y comunidades que desean conocer y documentar los niveles de exposición en sus espacios, incluso en su proceso hacia el Certificado Espacio Seguro CEM. En algunos casos, también brindamos apoyo a poblaciones en situación de vulnerabilidad. Medir, informar y decidir con base en la evidencia: ese es el espíritu de la resolución, y también el nuestro.









